La Cueva de Quinto es un delicioso lugar donde nos encontraremos los alumnos del Curso de Derecho Internacional Público y Privado a lo largo de este año. Aquí incorporaremos nuestros conceptos, sugerencias, aportes y comentarios para el desarrollo de la materia. Es, entonces, un complemento del wiki http://www.dinternal.wakespaces.com/ que es el lugar donde estará el material de estudio. En cambio esto blog es el depósito de nuestras opiniones y de las tareas que se nos encomienden.
viernes, 8 de febrero de 2008
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70 comentarios:
Adelante con los comentarios de todos. Empecemos de una vez!
me parece que este metodo de enseñanza es muy bueno, motivo por el cual comparto la idea de brindar la presente materia en la sala de sistemas.
Doctor, deseo manifestarle que nuevamente me veo con la necesidad imperiosa de conocer mas sobre los sistema informaticos toda vez que en este tema apenas comienza mi incursion,el año pasado tuve muchos inconvenientes, fue por ello que muy a mi pesar la nota del examen final fue 1,espero que con este nuevo año y el nuevo tema que ademas de actual es bien importante, pueda satifacer no solo mis inquietudes sino sus exigencias en este tema.
Respetuosamente.
JOSE WILLIAM ORTIZ GONZALEZ.
Tengo muchas espectativas acerca de esta materia, espero aprender muchissimooo este año...
Buenas noches!
Lina Marcela Garcia
Con esta asignatura pretendo conocer un poco de la historia de mi país, las relaciones que tenemos con los otros paises y los convenios existentes entre estos y Colombia.
doctor es para un honor tener una persona tan estructuraday conocedora del tema a tratar, espero responder a esta nueva asignatura
animo muchachos, un esfuerzo mas que nada se ha perdido
Para el quinto año de derecho espero logara
desaprender, para aprehender los conocimientos que me trasmita el docente en la asignatura derecho internacional; asi mismo espero que nos otorgue el espacio suficiente para poder cumplir con las exigencias y requerimientos de la asignatura.
Doctor Enrique:
Lo invito respetuosamente a escuhar a sus diferentes dicentes acerca del inconformismo existente para recibir las diferentes materias en la sala de sistemas.
respetuoso saludo,
Alvaro Montoya N.
me parece muy importante e interesante conocer y aprender de esta materia que es nueva para nosotros.
En esta materia se debe profundizar sobre los convenios internacionales.
Doctor, dada la gran transcendencia a futuro, por el campo de acción que esta pueda ofrecer, me parece que es de gran importancia esta clase, ya que cada día existen alianzas internacionales de la que muy pocos pueden especializarse, espero adquirir buenos conocimientos sobre ellos, y si es por este medio se facilita mucho mas, gracias, wilsonquinteroorozco
Tengo muchas espectativas relacionado con la materia. Espero que en el transcurso del semestre sean aclaradas.
Gloria Stella
son muchas las inquietudes que tengo de la presente materia, ya que la problematica que hay en materia del derecho a nivel internacional son muchas, por lo tanto es mi deseo aprender en pro de mi progreso y de la ciencia del derecho
son muchas las inquietudes que tengo de la presente materia, ya que la problematica que hay en materia del derecho a nivel internacional son muchas, por lo tanto es mi deseo aprender en pro de mi progreso y de la ciencia del derecho
me parece de gran importancia la clase ya que ofrece a futuro grandes retos, el derecho internacional es cada día aplicado en los diferentes paises, de ahí mis espectativas, con este sistema en red ofrece mayores oportunidades para el aprendizaje
gracias
gloria stella marroquin triana
Espero que a través de este medio, sin premuras, con toda tranquilidad, expresen sus razones para que todos tomemos la decisión de retornar al aula tradicional, o continuar aprendiendo por este camino que hoy nos ha mostrado sus posibilidades para insertarnos en el presente.
PORFAVOR CALMA, MUCHA CALMA
muchachos una buena noticia.....REGRESO MONICA...que felicidad
ahhhhh, ahora si quieren estar en esta sala, claro como regreso moniquita....
animo, animo...esta es una buena posibilidad de aprendizaje....
MUCHACHOS PARA LOS INTERESADOS...MAÑANA VA MONIQUITA AL PASEO...
que bueno....me gusta mucho...su grado de tolerancia y entendimiento...
"El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra." pagina de dinternal.
hoy es viernes...y mañana hay paseo...se pueden ir preparando...
dr. Espero que este año sea muy productivo academicamente, y en mi caso particular la verda es que me encanta la clase en el aula de sistemas, porque tenemos que evolucionar en todos los campos y más aún en los sitemas que es lo que está moviendo el mundo. muchas gracias.
es importante aprender de personas como usted, pues se hace necesaria la practica para mejorar, no podemos negarnos al aprendizaje, agradezco sus valiosos aportes.
LA CLASE ME PARECE MUY INTERESANTE, EN LA SALA DE SISTEMAS MUCHO MEJOR, ME ENTRETENGO Y NO ME DUERMO.
calma, por favor calma....
me parece que este metodo de enseñanza es definitivamente muy bueno...
ojala en muchas de las catedras existiera esta posibilidad...
doctor: bienvenido
se que nos falta un poco de tolerancia y muchas veces no aceptamos los cambios, pero si queremos salir adelante debemos darnos la oportunidad de aprender nuevos metodos. gracias.
me gustaria que la clase fuera magistral, en el ahula de clase
bienvenido
como vamos progresando a la par de los adelantos tecnologicos, deberían de ser así todas las clases, me encanta la metodologia utilizada, se rompe el paradigma de las clase aburridas magistrales.
ERLY buenas noches, que paso con los comentarios y el animo.?
Doctor Enrique,muy respetuosamente me permito decirle que su clase tiene mucho tema en la cual podemos aprender con relación al derecho internacional.
La internet es un medio muy eficaz para dicha materia, pero en ocasiones se nos va la clase tratando de ingresar o que las computadoras funcionen.Considero Doctor que podemos aprovechar al maximo sus conocimientos si la alternamos entre la sala de sistema y el aula del salón.
Atentamente,
GLORIA STELLA MARROQUÍN TRIANA
Dr. La verdad, me gustaría que la clase fuera mas magistral, toda vez que en este salón hay muchos brutos que no saben manejar un computador y mucho menos internet.
yo estoy muy de acurdo con que la clase sea en esta aula.
hola a todos.!!!!!!
Betty´s que hubo mija ya pudo manejar este programita tan facil de manejar, pilas mija que usted no es bruta h
ALEX ME GUSTA MUCHISISISISIMO
MARIA. contigo el caso si es totalemnte perdido, por favor devuelvete a primero de primaria.
respeto la oposición de algunos compañeros respecto a la pedagogia usada por usted, pero no podemos negarnos al aprendizaje..Ojo somos unos grandes Profecionales del Derecho y estamos condenados a las nuevas tendencias progresistas. Asumamos con decoro y berraquera este reto. Feicitaciones a los que lo deseen afrontar.
Espero que este método de enseñanza sea productivo y aumente nuestras inquietudes respecto al derecho y sobre todo a la asignatura.
SANDRITA AQUI ESTOY, LO QUE SUCEDE ES QUE ESTOY UN POCO ASOMBRADO CON LA GRAN ACEPTACION QUE HA TENIDO ESTE METODO... Y ESTOY OBSERVANDO LOS OTROS MSN...
Considero que esta asignatura es fundamental para la formacion integral de todo abogado.
definitivamente esta aula esta supremamente iluminada, con la presencia de ....bueno ustedes ya saben cual es mi traga...
MARUCHA...!!!! PILAS CON EMBORRACHARSE HOY
Dr. espero que este año este lleno de aprendizajes que sean productivos para la formacion academica
Dr. espero que este año este lleno de aprendizajes que sean productivos para la formacion academica
por fin entre
tomar el tema., subirlo al bloc, ilustraciones, mapa, buscar en . seleccion, copiar, pegar en la caja y enviar a todos y exponer el tema.
doctor, hoy aprendi algo nuevo crear mi correo, gracias a su insistencia, este proceso es valioso, debemos estar abiertos al cambio.
doctor los conocimientos que tiene sobre esta area son muy grandes pero lastimosamente la forma que usted nos esta orientando no es la mejor
profe, creo mucho en las clases magistrales y más aún cuando he leído algunos de los temas publicados por usted en la página dinternal... y son artículos tomados de internet donde no se puede apreciar el concepto del profesor con respecto a dichos temas.
He leido todos los comentarios y observo que poco a poco nos vamos integrando al sistema. No hay que angustiarse. Estamos empezando el año academico y tenemos tiempo para todo. Me pregunto si los que prefieren que yo bote corriente en el aula estarian tan angustiados por la lentitud en el desarrollo de los temas. Como conozco a algunos se que su preferencia es porque en el aula podian dedicarse a otras cosas mientras haciamos clase los de adelante... Tomen ejemplo del entusiasmo conque algunos van alcanzando las metas de esta didactica...
Tal vez doctor Enrique usted quiera pasar por alto nuestra solicitud.
El problema se presenta cuando somos nosotros los que no pasamos por alto la falta de atención que usted nos presta.
Leer apuntes de uno o varios libros vaciados en su página nos priva de la profundidad de su conocimiento.
Yo, al contrario de lo que "algunos" (no la mayoría como usted afirma) pienso que su actitud es un irrespeto para con los estudiantes.
me parece una muy buena formaq de estudio por que nos ayuda a intercambiar conocimientos sobre constitucion politica y el derecho.
compañeros buenas noches;para la proxima semana, viernes 07 de marzo, MARTHA LUCILA RONCANCIO PATIÑO Y JORGE ISAAC AGUDELO, expondremos el tema" DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO,ORIGENES, CONFLICTO ARMADO Y LAS LISTAS NEGRAS,DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
definitivamente comparto la idea de realizar esta area, en el aula de sistemas de esta universidad ya que se demuestra con esta metodología la gran necesidad de estar a la par con la modernización tanto de conceptos como de instrumentos de estudio.
así mismo me permito manifestar que con la utilización del area de sistemas, no se desaprovecha en ningún momento con la gran sabiduria que por fortuna tiene el docente que dicta esta área, ya que en caso de cualquier inquietud, contamos con la presencia del mismo para que responda a las mismas las mismas...lo interesante sería traer precisamente inquietudes...
si vieron...la clase puede en un momento determinado ser bastante importante...todo depende del interés...
Doctor Enrique: El fracaso con el sonido en la presente clase nos muestra que hasta las clases en esta aula deben ser preparadas.
Afortunadamente sus profundos conocimientos nos dieron la oportunidad de una clase magistral.
Espero que estas pequeñas falencias le permitan regalarnos más clases magistrales.
Cordial saludo,
ALVARO MONTOYA N
considero que lo sucedido el día de hoy con el sonido no es mas que una simple casualidad, como cuando en las aulas de clase se pierde la energía eléctrica o simplemente entra el "alumno de siempre" a interrumpir la clase o se sale de la misma a contestar su cel.y de eso si que sabemos...considero que antes que atacar la metodología propuesta en esta clase, debemos aprovechar al máximo los medios con los que contamos y el recurso humano que se encuentra en esta clase.
Yo les pregunto a todos, lo que escriben es para quedar bien con el doente?
"El conocimiento no es un objeto que se pasa de uno a otro, sino que es algo que se contruye por medio de operaciones y habilidades cognoscitivas que se inducen en la interacción social..."
monografias.com
CONCEPTOS CENTRALES DE LA PERSPECTIVA VYGOTSKIANA
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
LOS DERECHOS HUMANOS
INTRODUCCION
Sabemos que el hombre es un ser racional y es lo que nos diferencia con las otras especies pero es ésta condición la que él ha olvidado, se dice que EL HOMBRE ES UN DEPREDADOR PARA EL MISMO HOMBRE.
Como hablar de los derechos humanos, sin mencionar los antecedentes que tenemos, es decir de las barbaries que ha cometido el hombre contra su propia especie. Es bien sabido que éste es el peor depredador que existe ya que no le importa terminar con los de su propia especie ni con la naturaleza que le rodea, para él lo único viable es su interés y si acaso su bienestar.
Hay una teoría que dice que la historia hay que recordarla para que no se repita y no se olvide, pero el hombre tiene muy mala memoria a través de los siglos han existido varias guerras con múltiples catástrofes humanas, ecológicas y económicas, como vemos éste no aprende y no escarmienta ni por cabeza propia quizás por esto y para humanizar un poco nuestra especie.
La humanidad al pasar de los tiempos ha tenido que establecer normas para que el hombre reconozca que tiene tantos derechos como deberes, que son inherentes a él, pero que al no estar establecidos se hicieron horrores con el hombre. No se respeto su dignidad; ciertamente esta incapacidad de respecto ha llevado a construir unos parámetros o normas de comportamiento mundiales llamados los DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE; el principal punto de conocimiento para el hombre son estos derechos; que son primordiales en la actual sociedad que vivimos por su falta de valores.
Orígenes:
Los derechos humanos son un catalogo axiológico cuya validez absoluta y universal no depende de su consagración en el ordenamiento positivo, los cuales anuncian los valores que las antiguas culturas nos dieron; la mayoría de los pueblos civilizados han guardado como patrimonio moral e histórico las experiencias que obtuvieron a través de su vida comunitaria, pero es indudable que los derechos han sido reconocidos a través de convenciones y protocolos en el ámbito internacional y de constituciones políticas en el ámbito de cada estado.
Los derechos humanos tiene una tradición milenaria en occidente, desde los antiguos pensadores griegos hasta nuestros días; contrariamente lo positivo de esos derechos pertenece a la edad moderna cuando se pasa paulatinamente de la sociedad con tendencias teológicas y centralistas a la de un Estado con una sociedad cuyo centro es el hombre con su individualidad por la ola del renacimiento, le reforma protestante, el humanismo, la ilustración de sucesos magnos del pensamiento burgués Europeo.
Antigua Grecia
En las antigua Grecia se desarrollaban los primeros elementos constitutivos de la democracia, tanto en el medio social, cultural, político como económico; en donde surgieron los primeros conceptos sobre:
Democracia: Definida como el gobierno del pueblo se baso en la igualdad política y social, gobierno del pueblo y para el pueblo.
La libertad: para los griegos ser libre es no ser esclavo de nadie, esta libertad se fue logrando sucesivamente; ejemplo:
• la libertad civil se alcanzo al abolirse la prisión por deudas
• la libertad jurídica al proteger al ciudadano con el habeas corpus
• la libertad política con el derecho de obedecer la ley.
La ley: Su importancia en la vida de los griegos consiste en que ‘’Todos le deben obediencia porque, entre otras razones toda ley es una invención y un don de los dioses al mismo tiempo que una descripción del hombre sabio, el contrato de una sociedad al que todos sus habitantes deben adaptar su manera de vivir’’.o sea la sana convivencia, con un respeto reciproco de la vida.
Cabe anotar que no todas las personas en la antigua Grecia eran consideradas ciudadanas, era un privilegio para personas nacidas y educadas en la Ciudad -Estado.
Roma
Su mayor contribución a la historia del derecho es la formulación de la doctrina de la guerra justa y la noción del ius gentium. Desde el punto de vista humanitario se resalta que los romanos no hicieron grandes discriminaciones con los bárbaros u otros pueblos extranjeros.
Como efecto inmediato se dio la creación de un magistrado especial para procesos entre extranjeros y ciudadanos romanos al que se llamo pretor peregrino; para contraponerlo al pretor urbano y a este nuevo derecho nacido de relaciones con los extranjeros se le llamo derecho de gentes. Esto se da en el siglo III antes de cristo.
Edad Media
Los conflictos generados por las guerras llevan a una nueva era de la organización del poder, con base en lazos de dependencia personal de los campesinos o los siervos hacia los señores Barones y Reyes, esta situación fue conformando un nuevo centro de decisión de poder en la corte, encabezada por el Rey, conformada por Barones y campesinos súbditos donde en ultima quien defendía los conflictos entre las personas era el Rey.
Con esta concentración del poder junto con la situación de conflictos que vivió Inglaterra hacia los siglos XI, XII y XIII llevo a plantear una nueva relación entre las personas pues con ello se creo la CARTA MAGNA, Otorgada por Juan Sin Tierra el 17 de Julio de 1215 la cual dice:
‘Juan, Rey de Inglaterra por la gracia de Dios, Sor de Irlanda,... todos sus funcionarios y leal súbditos salud. Sabed que ante Dios, por el bien de nuestra alma y la de nuestros antepasados y sucesores, para honor de Dios y saltación de la justiicia y para mejor organización de nuestro reino..... ‘.
Algunas concesiones hechas por el Rey a cada grupo social:
A la Iglesia: el Rey concede que la iglesia Anglicana sea libre, tenga todos los derechos enteros y la libertad de ser inviolables.
A los Condes y Barones: Obtienen que el derecho antiguo sea respetado en cuanto servicio militar se refieren, así como a sucesión feudal, guarda, matrimonio, deudas, patronato, etc.
A la clase media rural: No se puede obligar a las cargas militares indebidas o al derecho de guarda obtienen garantías.
A la Burguesía mercantil: Que la ciudad de Londres tenga todas su antiguas libertades y libres costumbres, tanto por la tierra como por el agua.
Fundamentos
Como antes vimos los derechos tienen una base positivista, se refiere a la consagración oficial de los derechos humanos en normas jurídicas en cuya importancia y eficacia la garantizan los aparatos institucionales del Estado moderno; la posibilidad imperativa lograda gracias a las luchas sociales y a las ideas renovadoras de la modernidad.
Fue la lucha de las clases que posibilitadas por su incorporación como reacción contra el estado absolutista; esto se ha visto desde el siglos anteriores hasta nuestros días, dando una conformación en si de lo que son los DERECHOS HUMANOS para el hombre.
Revolución Francesa
El siglo XVIII fue llamado el siglo de las luces así aluden al movimiento cultural que se desarrollo en Europa entre 1715 y 1789 que propuso disipar las tinieblas de la humanidad mediante las luces de la razón. En Francia se integraron los intelectuales del ilusionismo en torno al Enciclopedismo, y el movimiento se conoció con el nombre de ilustración.
Las ideas de esta época están inflamadas de optimismo al futuro se renueva la fe mediante la razón, se confía en la posibilidad de instalar la felicidad en la tierra y de mejorar al hombre, esta ansiedad por realizar una nueva sociedad forjo una experiencia política reformista, el de positivismo ilustrado consistió en utilizar el poder de la monarquía absoluta para llevar a cabo el programa renovador de la Formación desde el Estado. La Ilustración fue especialmente fecunda en cuanto se refiere al pensamiento político las cuales contribuyeron con el pensamiento de Montesquieu con Bentham, Voltaire y Rousseau.
Con la teoría renovadora del liberalismo de Locke por obra de Montesquieu y Bentham a tiempo con Rousseau formulan la doctrina de la democracia.
La revolución se origino por la incapacidad del despotismo ilustrado para superar las contradicciones existentes y agudizadas por el antiguo régimen (secases y miseria tanto en el campo como en la ciudad). La burguesía puso en marcha un proyecto revolucionario para solucionar la crisis de esta manera las ideas que durante todo un siglo se agitaron en pro de un cambio profundo de la sociedad, a partir de una transformación del hombre bajo los principios de la igualdad, fraternidad y libertad.
La revolución que se inicio en 1789 la cual libera gran diversidad de fuerzas sociales y deja al descubierto un hervidero de ideas y tendencias, la burguesía accede al poder y se inicia con la declaración de los derechos del hombre lo que es llamado el tercer Estado.
La declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), es una compilación de 17 artículos y precedida de un preámbulo, cuyo texto fue aprobado por los miembros de la asamblea constituyente francesa del 17 al 26 de agosto de 1789. Influyo en ella la declaración de independencia de los EE.UU. (4 de julio 1776) y de los otros seis estados americanos de 1777 a 1784, así como el pensamiento filosófico de Rousseau, Mosquieu, Condorcet y entre otros del S. XVIII.
Sé precedía hacer una declaración de principio de validez universal. Sin embargo, era, en gran parte, una obra redactada por y para la burguesía.
En el preámbulo, introducía a la problemática de la importancia de los derechos humanos, de la siguiente manera:
"Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido y el
desprecio por los Derechos del Hombre son las únicas causas de las desgracias publicas y de la corrupción de los gobiernos..."
Se definía los derechos naturales del hombre que, según el art. 2, eran imprescindibles. Entre ellos se admitían solo derechos civiles; en primer lugar, la libertad (art. 1 y art. 2), en sus diversas formas: individual (art. 7, art.8 y art. 9), de pensamiento (art. 10 y art. 11), de prensa (art. 11) y de credo (art. 10). Sé fijada como limite de esta libertad el ejercicio de derechos análogos por los otros miembros de la sociedad (art. 4 y art. 5);es reforzado el carácter intangible de la propiedad (art. 2 y art. 17), y se instituía una fuerza publica que velara por la seguridad de los ciudadanos y de sus bienes.
En la Segunda guerra Mundial
La Deceleración UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS fue proclamada el 10 de diciembre de 1948, tras la segunda guerra mundial y la derrota del nazifacismo.
En la asamblea general de la ONU compuesta entonces por cincuenta y ocho estados, aprobó por cuarenta y ocho a favor y ocho abstenciones un histórico documento La DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Se abstuvieron de votar la Unión Sudafricana, Arabia Saudita, Bielorrusa, Polonia, Checoslovaquia, Ucrania, La Unión Soviética, y Yugoslavia. No hubo un solo voto en contra.
En el preámbulo DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS nos da un contexto del porque de su importancia, estos derechos inherentes e intransigidles del ser humano:
"Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales inalienables de todos los miembros de la familia humana"
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN EL NUEVO MUNDO Y EN COLOMBIA.
Parte de la escuela clásica Española del derecho internacional del siglo xvI. Cuyo fundador y jefe fue FRANCISCO DE VITORIA. Catedrático y teólogo de la universidad de salamanca, quien impulso el derecho de gentes a partir del descubrimiento de América, éste inicio una investigación si sobre la guerra de los españoles contra los aborígenes era una guerra justa, ofreciendo un catalogo de obligaciones internacionales cargada de humanismo y valor político.
El caraqueño Andrés Bello en 1.832 en Santiago de Chile, escribió un libro llamado “PRINCIPIO DE DERECHOS DE GENTES”; es uno de los primeros manuales hispanoamericanos sobre la materia. Esta obra ejerció una influencia determinante en los caudillos de las guerras civiles y en los ideólogos de nuestras constituciones.
Antecedentes Históricos en Colombia:
La historia colombiana a considerado a Antonio Nariño como el principal precursor de la independencia. En 1.794 tradujo y edito los derechos del hombre por lo cual fue acusado, encarcelado y desterrado. El primer documento fue trascrito en 1.800. En los cuales manifestaba que considerando como la ignorancia el olvido y el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos.
Allí expone los derechos naturales in enajenables y sagrados del hombre con el fin de que estas declaraciones estén presentes en todos los miembros de la sociedad sin desconocer sus derechos y sus deberes, incluyendo los actos del nivel ejecutivo y legislativo. Con el fin que se han mas respetados y que conduzcan a la protección de los principios al mantenimiento de la constitución y la fidelidad de todos.
Siglo XX
Este año se celebra el cincuentenario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se cumple después de dos siglos de su primera declaración oficial de los derechos del hombre.
El límite de la guerra
“LA GUERRA ES UNA DE LAS FORMAS PRINCIPALES DE RELACIÒN ENTRE LAS SOCIEDADES; FUE LA PRIMERA Y CON SEGURIDAD SERA LA ULTIMA ACTIVIDAD SOCIAL DEL HOMBRE”
La guerra y el enfrentamiento en general vienen adheridos al ser humano y a la evolución de la sociedad en todas sus ramas. A medida que éstas van avanzando la guerra encuentra nuevos mecanismos para combatir y eliminar al enemigo. Es por esta razón que se creó el Derecho Internacional Humanitario; para velar por la integridad y el debido manejo de los derechos mínimos que tiene el ser humano: para humanizar la guerra.
Antes de la existencia del DIH, a mediados del siglo XIX, los conflictos se desarrollaban a través de acuerdos que tenían el propósito de proteger a las víctimas de la guerra, pero éstos se realizaron de forma parcial y ocasional, mientras duraba el conflicto.
Henry Dunant, fundador de la Cruz Roja Internacional, en 1859 atravesó Lombardía en donde la sangre y el fuego eran los protagonistas. A su llegada a Solferino fue testigo de una batalla, en la que horrorizado, vio cómo miles de soldados heridos yacían abandonados; allí morían a causa de la falta de asistencia médica, lo que los condenaba a una muerte segura.
Dunant se unió a cuatro ginebrinos más con quienes conformó el "Comité internacional de socorro a los heridos", que más adelante sería el "Comité Internacional de la Cruz Roja".
Uno de los primeros logros de este comité, y que es el primer paso en la formación del DIH, fue persuadir al Gobierno suizo a convocar una conferencia internacional en la que participaron doce estados y cuyo estado tangible es la firma.
Desde ese momento se aseguró que los militares heridos y enfermos fueran socorridos y asistidos sin distinción alguna, sin importar el campo al que pertenecieran.
La conformación del Derecho Internacional Humanitario DIH se oficializó con el primer Convenio de Ginebra de 1864 y cuyas disposiciones se mejoran y completan en 1906. Posteriormente en 1907, en el IV Convenio de la Haya se definen las categorías de combatientes que tiene; en caso de captura, derecho al estatuto de prisionero de guerra y que se beneficia de un trato particular mientras dure su cautiverio.
El DIH es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados, con el fin de proteger a las personas que no participan o que ya no hacen parte de los combates limitando los medios y los métodos para hacer la guerra. También suele llamarse como "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados".
El Derecho internacional humanitario se conforma de tratados o convenios, que deben cumplir los Estados que se han suscrito a ellos. El DIH tiene dos clasificaciones básicas: el Derecho de Ginebra y el de la Haya.
El primero de ellos, el Derecho de Ginebra hace referencia a las normas relativas a la protección y respeto del ser humano en situaciones de conflicto armado. Éste a su vez se compone de cuatro convenios suscritos en 1949 y dos protocolos adicionales, oficializados en 1977, además de un tercer artículo común, creado especialmente para casos de conflicto interno.
En un principio el de Ginebra sólo estaba conformado por los convenios, sin embargo ante el surgimiento de nuevos mecanismo de guerra, se vio que éstos eran insuficientes, pero que, con renovarlos se corría el riesgo de que algunos estados retrocedieran en ciertos puntos. Es por esta razón que se crearon los dos protocolos adicionales. De ellos, el protocolo II se centra en los conflictos internos armados como el que le respecta a Colombia.
De otro lado, El Derecho de la Haya son normas relativas a la limitación de los medios y métodos de combate contenidas en tratados.
Sin embargo, dentro del DIH existen otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares, además de la protección hacia personas o bienes.
Son principalmente
• La Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos
• La Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas
• La Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cuatro Protocolos
• La Convención de 1993 sobre Armas Químicas
• El Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal
• El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
DERECHO DE GINEBRA- CONVENIOS
Los cuatro convenios de Ginebra contienen unos 400 artículos y se convierten en un "monumento jurídico que garantiza desde hace 30 años la protección de innumerables víctimas del conflicto armado.
Los convenios de Ginebra fueron creados con el fin de buscar el respeto y la dignidad del ser humano en un conflicto armado. Ellos hacen referencia a las personas que no participan directamente en las hostilidades y las que están fuera de combate a causa de enfermedad, herida, cautiverio o cualquier otro motivo; éstas deben ser respetadas y protegidas contra los efectos de la guerra y las que por alguna circunstancia son víctimas de ella, deben ser socorridas y atendidas sin distinción.
CONVENIOS
• CONVENIO I Para aliviar la suerte que corren los heridos y heridos de las Fuerzas Armadas en campaña.
• CONVENIO II Para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las Fuerzas Armadas, cuando el conflicto suceda en el mar o en otra aguas.
• CONVENIO III Para regular la protección y asistencia a los prisioneros de guerra
• CONVENIO IV Para regular la protección y asistencia a la población civil en tiempo de guerra.
LAS LISTAS NEGRAS
Violatorias de los Derechos Humanos
Las llamadas listas negras en las que se ubican a las personas y los grupos sospechosos con tener vínculos con actividades terroristas insto para que la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y el Consejo de Seguridad de naciones unidas para que revaluara la construcción de éstas listas. Se deduce que es una herramienta útil pero que tal como esta contemplada en la actualidad es arbitraria, poco creíble y violatoria de los derechos humanos principalmente al del debido proceso, ya que le da el calificativo de terrorista a una persona sin que su culpabilidad haya sido declarada por un juez.
El suizo Dick Marty manifiesta que es preocupante que organismos internacionales tan prestigiosos y fundados bajo la protección de los derechos humanos, el Estado y la Democracia hayan decidido desconocer estos valores. Agrega que la lucha contra el terrorismo es una necesidad que nadie puede cuestionar pero eso no justifica la renuncia a de los principios fundamentales de sociedades democráticas esto es éticamente inaceptable y difícil de resolver como una cuestión de eficacia.
En la actualidad más de 370 personas en el mundo tiene sus cuentas bancarias congeladas y no pueden viajar por estar registrados en las listas negras de las Naciones Unidas.
Así mismo más de 60 grupos señalados como terroristas.
La critica del informe va dirigida al hecho de que no existe un
procedimiento para incluir a una persona o grupo a esas listas. Incluso es de resaltar que el afectado por esa decisión no recibe una notificación oficial ni tiene la oportunidad de defenderse; sencillamente se entera que pertenece a este listado en el momento que va a viajar o va hacer uso de su cuenta bancaria. Tampoco existe procedimiento para que estos grupos o personas afectadas con esta vinculación se han excluidas de estas listas.
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
LOS DERECHOS HUMANOS
INTRODUCCION
Sabemos que el hombre es un ser racional y es lo que nos diferencia con las otras especies pero es ésta condición la que él ha olvidado, se dice que EL HOMBRE ES UN DEPREDADOR PARA EL MISMO HOMBRE.
Como hablar de los derechos humanos, sin mencionar los antecedentes que tenemos, es decir de las barbaries que ha cometido el hombre contra su propia especie. Es bien sabido que éste es el peor depredador que existe ya que no le importa terminar con los de su propia especie ni con la naturaleza que le rodea, para él lo único viable es su interés y si acaso su bienestar.
Hay una teoría que dice que la historia hay que recordarla para que no se repita y no se olvide, pero el hombre tiene muy mala memoria a través de los siglos han existido varias guerras con múltiples catástrofes humanas, ecológicas y económicas, como vemos éste no aprende y no escarmienta ni por cabeza propia quizás por esto y para humanizar un poco nuestra especie.
La humanidad al pasar de los tiempos ha tenido que establecer normas para que el hombre reconozca que tiene tantos derechos como deberes, que son inherentes a él, pero que al no estar establecidos se hicieron horrores con el hombre. No se respeto su dignidad; ciertamente esta incapacidad de respecto ha llevado a construir unos parámetros o normas de comportamiento mundiales llamados los DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE; el principal punto de conocimiento para el hombre son estos derechos; que son primordiales en la actual sociedad que vivimos por su falta de valores.
Orígenes:
Los derechos humanos son un catalogo axiológico cuya validez absoluta y universal no depende de su consagración en el ordenamiento positivo, los cuales anuncian los valores que las antiguas culturas nos dieron; la mayoría de los pueblos civilizados han guardado como patrimonio moral e histórico las experiencias que obtuvieron a través de su vida comunitaria, pero es indudable que los derechos han sido reconocidos a través de convenciones y protocolos en el ámbito internacional y de constituciones políticas en el ámbito de cada estado.
Los derechos humanos tiene una tradición milenaria en occidente, desde los antiguos pensadores griegos hasta nuestros días; contrariamente lo positivo de esos derechos pertenece a la edad moderna cuando se pasa paulatinamente de la sociedad con tendencias teológicas y centralistas a la de un Estado con una sociedad cuyo centro es el hombre con su individualidad por la ola del renacimiento, le reforma protestante, el humanismo, la ilustración de sucesos magnos del pensamiento burgués Europeo.
Antigua Grecia
En las antigua Grecia se desarrollaban los primeros elementos constitutivos de la democracia, tanto en el medio social, cultural, político como económico; en donde surgieron los primeros conceptos sobre:
Democracia: Definida como el gobierno del pueblo se baso en la igualdad política y social, gobierno del pueblo y para el pueblo.
La libertad: para los griegos ser libre es no ser esclavo de nadie, esta libertad se fue logrando sucesivamente; ejemplo:
• la libertad civil se alcanzo al abolirse la prisión por deudas
• la libertad jurídica al proteger al ciudadano con el habeas corpus
• la libertad política con el derecho de obedecer la ley.
La ley: Su importancia en la vida de los griegos consiste en que ‘’Todos le deben obediencia porque, entre otras razones toda ley es una invención y un don de los dioses al mismo tiempo que una descripción del hombre sabio, el contrato de una sociedad al que todos sus habitantes deben adaptar su manera de vivir’’.o sea la sana convivencia, con un respeto reciproco de la vida.
Cabe anotar que no todas las personas en la antigua Grecia eran consideradas ciudadanas, era un privilegio para personas nacidas y educadas en la Ciudad -Estado.
Roma
Su mayor contribución a la historia del derecho es la formulación de la doctrina de la guerra justa y la noción del ius gentium. Desde el punto de vista humanitario se resalta que los romanos no hicieron grandes discriminaciones con los bárbaros u otros pueblos extranjeros.
Como efecto inmediato se dio la creación de un magistrado especial para procesos entre extranjeros y ciudadanos romanos al que se llamo pretor peregrino; para contraponerlo al pretor urbano y a este nuevo derecho nacido de relaciones con los extranjeros se le llamo derecho de gentes. Esto se da en el siglo III antes de cristo.
Edad Media
Los conflictos generados por las guerras llevan a una nueva era de la organización del poder, con base en lazos de dependencia personal de los campesinos o los siervos hacia los señores Barones y Reyes, esta situación fue conformando un nuevo centro de decisión de poder en la corte, encabezada por el Rey, conformada por Barones y campesinos súbditos donde en ultima quien defendía los conflictos entre las personas era el Rey.
Con esta concentración del poder junto con la situación de conflictos que vivió Inglaterra hacia los siglos XI, XII y XIII llevo a plantear una nueva relación entre las personas pues con ello se creo la CARTA MAGNA, Otorgada por Juan Sin Tierra el 17 de Julio de 1215 la cual dice:
‘Juan, Rey de Inglaterra por la gracia de Dios, Sor de Irlanda,... todos sus funcionarios y leal súbditos salud. Sabed que ante Dios, por el bien de nuestra alma y la de nuestros antepasados y sucesores, para honor de Dios y saltación de la justiicia y para mejor organización de nuestro reino..... ‘.
Algunas concesiones hechas por el Rey a cada grupo social:
A la Iglesia: el Rey concede que la iglesia Anglicana sea libre, tenga todos los derechos enteros y la libertad de ser inviolables.
A los Condes y Barones: Obtienen que el derecho antiguo sea respetado en cuanto servicio militar se refieren, así como a sucesión feudal, guarda, matrimonio, deudas, patronato, etc.
A la clase media rural: No se puede obligar a las cargas militares indebidas o al derecho de guarda obtienen garantías.
A la Burguesía mercantil: Que la ciudad de Londres tenga todas su antiguas libertades y libres costumbres, tanto por la tierra como por el agua.
Fundamentos
Como antes vimos los derechos tienen una base positivista, se refiere a la consagración oficial de los derechos humanos en normas jurídicas en cuya importancia y eficacia la garantizan los aparatos institucionales del Estado moderno; la posibilidad imperativa lograda gracias a las luchas sociales y a las ideas renovadoras de la modernidad.
Fue la lucha de las clases que posibilitadas por su incorporación como reacción contra el estado absolutista; esto se ha visto desde el siglos anteriores hasta nuestros días, dando una conformación en si de lo que son los DERECHOS HUMANOS para el hombre.
Revolución Francesa
El siglo XVIII fue llamado el siglo de las luces así aluden al movimiento cultural que se desarrollo en Europa entre 1715 y 1789 que propuso disipar las tinieblas de la humanidad mediante las luces de la razón. En Francia se integraron los intelectuales del ilusionismo en torno al Enciclopedismo, y el movimiento se conoció con el nombre de ilustración.
Las ideas de esta época están inflamadas de optimismo al futuro se renueva la fe mediante la razón, se confía en la posibilidad de instalar la felicidad en la tierra y de mejorar al hombre, esta ansiedad por realizar una nueva sociedad forjo una experiencia política reformista, el de positivismo ilustrado consistió en utilizar el poder de la monarquía absoluta para llevar a cabo el programa renovador de la Formación desde el Estado. La Ilustración fue especialmente fecunda en cuanto se refiere al pensamiento político las cuales contribuyeron con el pensamiento de Montesquieu con Bentham, Voltaire y Rousseau.
Con la teoría renovadora del liberalismo de Locke por obra de Montesquieu y Bentham a tiempo con Rousseau formulan la doctrina de la democracia.
La revolución se origino por la incapacidad del despotismo ilustrado para superar las contradicciones existentes y agudizadas por el antiguo régimen (secases y miseria tanto en el campo como en la ciudad). La burguesía puso en marcha un proyecto revolucionario para solucionar la crisis de esta manera las ideas que durante todo un siglo se agitaron en pro de un cambio profundo de la sociedad, a partir de una transformación del hombre bajo los principios de la igualdad, fraternidad y libertad.
La revolución que se inicio en 1789 la cual libera gran diversidad de fuerzas sociales y deja al descubierto un hervidero de ideas y tendencias, la burguesía accede al poder y se inicia con la declaración de los derechos del hombre lo que es llamado el tercer Estado.
La declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), es una compilación de 17 artículos y precedida de un preámbulo, cuyo texto fue aprobado por los miembros de la asamblea constituyente francesa del 17 al 26 de agosto de 1789. Influyo en ella la declaración de independencia de los EE.UU. (4 de julio 1776) y de los otros seis estados americanos de 1777 a 1784, así como el pensamiento filosófico de Rousseau, Mosquieu, Condorcet y entre otros del S. XVIII.
Sé precedía hacer una declaración de principio de validez universal. Sin embargo, era, en gran parte, una obra redactada por y para la burguesía.
En el preámbulo, introducía a la problemática de la importancia de los derechos humanos, de la siguiente manera:
"Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido y el
desprecio por los Derechos del Hombre son las únicas causas de las desgracias publicas y de la corrupción de los gobiernos..."
Se definía los derechos naturales del hombre que, según el art. 2, eran imprescindibles. Entre ellos se admitían solo derechos civiles; en primer lugar, la libertad (art. 1 y art. 2), en sus diversas formas: individual (art. 7, art.8 y art. 9), de pensamiento (art. 10 y art. 11), de prensa (art. 11) y de credo (art. 10). Sé fijada como limite de esta libertad el ejercicio de derechos análogos por los otros miembros de la sociedad (art. 4 y art. 5);es reforzado el carácter intangible de la propiedad (art. 2 y art. 17), y se instituía una fuerza publica que velara por la seguridad de los ciudadanos y de sus bienes.
En la Segunda guerra Mundial
La Deceleración UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS fue proclamada el 10 de diciembre de 1948, tras la segunda guerra mundial y la derrota del nazifacismo.
En la asamblea general de la ONU compuesta entonces por cincuenta y ocho estados, aprobó por cuarenta y ocho a favor y ocho abstenciones un histórico documento La DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Se abstuvieron de votar la Unión Sudafricana, Arabia Saudita, Bielorrusa, Polonia, Checoslovaquia, Ucrania, La Unión Soviética, y Yugoslavia. No hubo un solo voto en contra.
En el preámbulo DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS nos da un contexto del porque de su importancia, estos derechos inherentes e intransigidles del ser humano:
"Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales inalienables de todos los miembros de la familia humana"
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN EL NUEVO MUNDO Y EN COLOMBIA.
Parte de la escuela clásica Española del derecho internacional del siglo xvI. Cuyo fundador y jefe fue FRANCISCO DE VITORIA. Catedrático y teólogo de la universidad de salamanca, quien impulso el derecho de gentes a partir del descubrimiento de América, éste inicio una investigación si sobre la guerra de los españoles contra los aborígenes era una guerra justa, ofreciendo un catalogo de obligaciones internacionales cargada de humanismo y valor político.
El caraqueño Andrés Bello en 1.832 en Santiago de Chile, escribió un libro llamado “PRINCIPIO DE DERECHOS DE GENTES”; es uno de los primeros manuales hispanoamericanos sobre la materia. Esta obra ejerció una influencia determinante en los caudillos de las guerras civiles y en los ideólogos de nuestras constituciones.
Antecedentes Históricos en Colombia:
La historia colombiana a considerado a Antonio Nariño como el principal precursor de la independencia. En 1.794 tradujo y edito los derechos del hombre por lo cual fue acusado, encarcelado y desterrado. El primer documento fue trascrito en 1.800. En los cuales manifestaba que considerando como la ignorancia el olvido y el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos.
Allí expone los derechos naturales in enajenables y sagrados del hombre con el fin de que estas declaraciones estén presentes en todos los miembros de la sociedad sin desconocer sus derechos y sus deberes, incluyendo los actos del nivel ejecutivo y legislativo. Con el fin que se han mas respetados y que conduzcan a la protección de los principios al mantenimiento de la constitución y la fidelidad de todos.
Siglo XX
Este año se celebra el cincuentenario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se cumple después de dos siglos de su primera declaración oficial de los derechos del hombre
El límite de la guerra
“LA GUERRA ES UNA DE LAS FORMAS PRINCIPALES DE RELACIÒN ENTRE LAS SOCIEDADES; FUE LA PRIMERA Y CON SEGURIDAD SERA LA ULTIMA ACTIVIDAD SOCIAL DEL HOMBRE”
La guerra y el enfrentamiento en general vienen adheridos al ser humano y a la evolución de la sociedad en todas sus ramas. A medida que éstas van avanzando la guerra encuentra nuevos mecanismos para combatir y eliminar al enemigo. Es por esta razón que se creó el Derecho Internacional Humanitario; para velar por la integridad y el debido manejo de los derechos mínimos que tiene el ser humano: para humanizar la guerra.
Antes de la existencia del DIH, a mediados del siglo XIX, los conflictos se desarrollaban a través de acuerdos que tenían el propósito de proteger a las víctimas de la guerra, pero éstos se realizaron de forma parcial y ocasional, mientras duraba el conflicto.
Henry Dunant, fundador de la Cruz Roja Internacional, en 1859 atravesó Lombardía en donde la sangre y el fuego eran los protagonistas. A su llegada a Solferino fue testigo de una batalla, en la que horrorizado, vio cómo miles de soldados heridos yacían abandonados; allí morían a causa de la falta de asistencia médica, lo que los condenaba a una muerte segura.
Dunant se unió a cuatro ginebrinos más con quienes conformó el "Comité internacional de socorro a los heridos", que más adelante sería el "Comité Internacional de la Cruz Roja".
Uno de los primeros logros de este comité, y que es el primer paso en la formación del DIH, fue persuadir al Gobierno suizo a convocar una conferencia internacional en la que participaron doce estados y cuyo estado tangible es la firma.
Desde ese momento se aseguró que los militares heridos y enfermos fueran socorridos y asistidos sin distinción alguna, sin importar el campo al que pertenecieran.
La conformación del Derecho Internacional Humanitario DIH se oficializó con el primer Convenio de Ginebra de 1864 y cuyas disposiciones se mejoran y completan en 1906. Posteriormente en 1907, en el IV Convenio de la Haya se definen las categorías de combatientes que tiene; en caso de captura, derecho al estatuto de prisionero de guerra y que se beneficia de un trato particular mientras dure su cautiverio.
El DIH es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados, con el fin de proteger a las personas que no participan o que ya no hacen parte de los combates limitando los medios y los métodos para hacer la guerra. También suele llamarse como "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados".
El Derecho internacional humanitario se conforma de tratados o convenios, que deben cumplir los Estados que se han suscrito a ellos. El DIH tiene dos clasificaciones básicas: el Derecho de Ginebra y el de la Haya.
El primero de ellos, el Derecho de Ginebra hace referencia a las normas relativas a la protección y respeto del ser humano en situaciones de conflicto armado. Éste a su vez se compone de cuatro convenios suscritos en 1949 y dos protocolos adicionales, oficializados en 1977, además de un tercer artículo común, creado especialmente para casos de conflicto interno.
En un principio el de Ginebra sólo estaba conformado por los convenios, sin embargo ante el surgimiento de nuevos mecanismo de guerra, se vio que éstos eran insuficientes, pero que, con renovarlos se corría el riesgo de que algunos estados retrocedieran en ciertos puntos. Es por esta razón que se crearon los dos protocolos adicionales. De ellos, el protocolo II se centra en los conflictos internos armados como el que le respecta a Colombia.
De otro lado, El Derecho de la Haya son normas relativas a la limitación de los medios y métodos de combate contenidas en tratados.
Sin embargo, dentro del DIH existen otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares, además de la protección hacia personas o bienes.
Son principalmente
• La Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos
• La Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas
• La Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cuatro Protocolos
• La Convención de 1993 sobre Armas Químicas
• El Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal
• El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
DERECHO DE GINEBRA- CONVENIOS
Los cuatro convenios de Ginebra contienen unos 400 artículos y se convierten en un "monumento jurídico que garantiza desde hace 30 años la protección de innumerables víctimas del conflicto armado.
Los convenios de Ginebra fueron creados con el fin de buscar el respeto y la dignidad del ser humano en un conflicto armado. Ellos hacen referencia a las personas que no participan directamente en las hostilidades y las que están fuera de combate a causa de enfermedad, herida, cautiverio o cualquier otro motivo; éstas deben ser respetadas y protegidas contra los efectos de la guerra y las que por alguna circunstancia son víctimas de ella, deben ser socorridas y atendidas sin distinción.
CONVENIOS
• CONVENIO I Para aliviar la suerte que corren los heridos y heridos de las Fuerzas Armadas en campaña.
• CONVENIO II Para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las Fuerzas Armadas, cuando el conflicto suceda en el mar o en otra aguas.
• CONVENIO III Para regular la protección y asistencia a los prisioneros de guerra
• CONVENIO IV Para regular la protección y asistencia a la población civil en tiempo de guerra.
LAS LISTAS NEGRAS
Violatorias de los Derechos Humanos
Las llamadas listas negras en las que se ubican a las personas y los grupos sospechosos con tener vínculos con actividades terroristas insto para que la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y el Consejo de Seguridad de naciones unidas para que revaluara la construcción de éstas listas. Se deduce que es una herramienta útil pero que tal como esta contemplada en la actualidad es arbitraria, poco creíble y violatoria de los derechos humanos principalmente al del debido proceso, ya que le da el calificativo de terrorista a una persona sin que su culpabilidad haya sido declarada por un juez.
El suizo Dick Marty manifiesta que es preocupante que organismos internacionales tan prestigiosos y fundados bajo la protección de los derechos humanos, el Estado y la Democracia hayan decidido desconocer estos valores. Agrega que la lucha contra el terrorismo es una necesidad que nadie puede cuestionar pero eso no justifica la renuncia a de los principios fundamentales de sociedades democráticas esto es éticamente inaceptable y difícil de resolver como una cuestión de eficacia.
En la actualidad más de 370 personas en el mundo tiene sus cuentas bancarias congeladas y no pueden viajar por estar registrados en las listas negras de las Naciones Unidas.
Así mismo más de 60 grupos señalados como terroristas.
La critica del informe va dirigida al hecho de que no existe un procedimiento para incluir a una persona o grupo a esas listas. Incluso es de resaltar que el afectado por esa decisión no recibe una notificación oficial ni tiene la oportunidad de defenderse; sencillamente se entera que pertenece a este listado en el momento que va a viajar o va hacer uso de su cuenta bancaria. Tampoco existe procedimiento para que estos grupos o personas afectadas con esta vinculación se han excluidas de estas listas.
Leyendo sus comunicaciones encuentro el comentario de Alvaro Montoya. Ahora su idea es que no acceder a su deseo personal es un irrespeto contra todos los estudiantes. Para zanjar de una vez el asunto haremos lo siguiente: Tomo nota de que el voto de el es por el retorno a las aulas tradicionales. Quiero leer el voto expreso de todos los demas, y que ustedes mismos los contabilicen. Si es clara la eleccion mayoritaria en favor del antiguo sistema, no tengo ningun problema en que lo hagamos.
Muchas gracias!
Enrique
Convención de 1993 sobre la Prohibición de las
Armas Químicas y su Destrucción
La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre
su Destrucción se inscribe en la categoría de instrumentos internacionales de derecho internacional que prohíben el uso de
armas cuyos efectos son particularmente abominables. Desde el fin de la Primera Guerra Mundial, el público en general ha
condenado el empleo de medios de guerra químicos y bacteriológicos, que se prohibió en el Protocolo de Ginebra de 1925. La
aprobación de la susodicha Convención ratifica así un principio básico del derecho relativo a la conducción de las hostilidades,
según el cual las partes en un conflicto armado no tienen un derecho ilimitado a elegir los métodos y medios de combate. Esta
Convención, que se negoció en el marco de la Conferencia sobre el Desarme, se abrió a la firma el 13 de enero de 1993 y
entró en vigor el 29 de abril de 1997. Actualmente obliga a la gran mayoría de los Estados.
Introducción
El tratado de Ottawa es parte de la respuesta internacional a la crisis de índole humanitaria originada por la proliferación mundial de las minas antipersonal. Millones de estas mortíferas armas contaminan más de 70 países, dando lugar a uno de los problemas más graves de nuestro tiempo que el hombre haya podido provocar. Su impacto, a largo plazo, en individuos, comunidades y sociedades enteras es alarmante. Habiendo reconocido la gravedad del problema, unos 90 países se reunieron voluntariamente, en 1997, y negociaron el tratado de Ottawa, acuerdo internacional en el que se prohíben totalmente el desarrollo, la producción, el almacenamiento, la transferencia y el empleo de minas antipersonal, y en el que se exige su destrucción. Este tratado es un extraordinario logro, dado que, por primera vez, los países han acordado -de conformidad con el derecho internacional humanitario- prohibir totalmente un arma que ya se está empleando en gran escala. Al establecer una norma internacional clara contra las minas antipersonal, el tratado de Ottawa es un primer paso decisivo hacia la meta a largo plazo de ocuparse de la plaga de las minas terrestres y de liberar al mundo de estas horribles armas.
El empleo de las minas terrestres antipersonal está limitado en el derecho internacional, especialmente en el derecho internacional humanitario, que contiene varias normas generales aplicables a esas armas. Dos de las disposiciones más importantes dimanan de las normas consuetudinarias de la guerra y, por lo tanto, obligan a todas las Partes en cualquier situación de conflicto armado:
.3 Proceso de Ottawa
La Conferencia sobre estrategias "Hacia la total prohibición de las minas antipersonal", patrocinada por Canadá, se celebró en Ottawa, el mes de octubre de 1996, con el apoyo activo de 50 Gobiernos, del CICR, de la ICBL y de la ONU. El 5 de octubre de 1996, la Conferencia aprobó la Declaración de Ottawa, en la que los participantes se comprometían a realizar un plan de acción con miras a aumentar los recursos destinados a la remoción de minas y a la asistencia para las víctimas, así como a trabajar a fin de garantizar que se concertara, lo antes posible, un tratado de prohibición. Al término de dicha Conferencia, el Gobierno canadiense tomó nuevamente la iniciativa de invitar a todos los Gobiernos a reunirse en Ottawa, el mes de diciembre de 1997, para firmar un tratado por el que se prohíben la producción, el almacenamiento, la transferencia y el empleo de las minas antipersonal. Se había puesto en marcha oficialmente el "proceso de Ottawa.
Cada Estado Parte se compromete a nunca, y bajo ninguna circunstancia:
a) emplear minas antipersonal;
b) desarrollar, producir, adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar o transferir a cualquiera, directa o indirectamente, minas antipersonal;
c) ayudar, estimular o inducir, de una manera u otra, a cualquiera a participar en una actividad prohibida a un Estado Parte, conforme a esta Convención.
Limpieza de zonas minadas
En el tratado de Ottawa se obliga a cada Estado Parte a retirar, en un plazo de 10 años, a partir de su entrada en vigor para ese país, todas las minas antipersonal colocadas en las zonas minadas. En particular, un Estado tendrá que destruir todas las minas antipersonal sembradas en "zonas minadas" que estén bajo su jurisdicción o control. Esto no sólo se refiere al territorio del propio país, sino al territorio que pueda estar ocupando en un lapso dado. En el tratado se define una zona minada como:
Convenciones de Ginebra
Documento original de la Primera Convención de GinebraLas Convenciones de Ginebra son el intento de normalizar el Derecho Internacional Humanitario. Son el resultado de los esfuerzos de Jean Henri Dunant, creador de la Cruz Roja. Están formadas por una serie de tratados internacionales firmados en Ginebra, Suiza, entre 1864 y 1949 con el propósito de minimizar los efectos de la guerra sobre soldados y civiles. Dos protocolos adicionales a la convención de 1949 fueron aprobados en 1977.
Las Convenciones de Ginebra han sido:
La Primera Convención de Ginebra, de 1864, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1864
La Segunda Convención de Ginebra, de 1906, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1906
La Tercera Convención de Ginebra, de 1929, que comprende: Convenio de Ginebra para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de los ejércitos en campaña y el Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra del 27 de julio de 1929
La Cuarta Convención de Ginebra, de 1949, que comprende 4 convenios aprobados por la Conferencia Diplomática para Elaborar Convenios Internacionales a proteger a las víctimas de la guerra el 12 de agosto de 1949. Entró en vigor el 21 de octubre de 1950 y contiene:
I Convenio de Ginebra para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campaña;
II Convenio de Ginebra para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos, los Enfermos y los Náufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar;
III Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra; y
IV Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra:
Se incluyen en la Cuarta Convención los protocolos adicionales del 8 de junio de 1977.
Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I)
Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II).
WILSON QUINTERO OROZCO MARZO 7-2008
HOLA PROFE:
TENGO PARA DECIRLE QUE PERSONALMENTE ME GUSTARIAN MUCHO LAS CLASES DE DERECHO INTERNACIONAL EN EL AULA DE CLASE.
PUES CON LA CLASE DEL VIERNES PUEDO CONFIRMAR QUE SE APRENDE MÁS EN EL AULA DE CLASE QUE EN LA SALA DE SISTEMAS.
UN ABRAZO GLORIA ESPERANZA
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